Declaración anual 2022

¿Estas listo para presentar tu declaración anual 2022 con los nuevos cambios en la plataforma? 

¿Quiénes lo presentan?

Personas morales.

¿Cuándo se presenta?

En los meses de enero, febrero y marzo del año siguiente que declaras.
ISR diferido en consolidación fiscal.
25% en el ejercicio fiscal en el que se deba efectuar el pago del impuesto diferido.
25% en el segundo ejercicio fiscal.
20% en el tercer ejercicio fiscal.
15% en el cuarto ejercicio fiscal.
15% en el quinto ejercicio fiscal.
Consolidación.
Dentro de los 4 meses siguientes al cierre de su ejercicio.
Con fines no lucrativos.
A más tardar en el mes de febrero del año siguiente.

Obligación de presentar tu declaración.

  • Código Fiscal de la Federación vigente para 2022: Artículos 31 y 32.
  • Reglamento del Código Fiscal de la Federación vigente para 2022: Artículo 41.
  • Ley del Impuesto sobre la Renta vigente para 2022: Artículos 9, 67, primer párrafo, 70, fracción IV, 72, fracción II, 74, séptimo párrafo, fracción II, 74-B, primer párrafo, 76, fracción V, 79 último párrafo, 86 fracción III, 88, noveno párrafo y 196 primer párrafo.

Cálculo del impuesto.

  • Ley del Impuesto sobre la Renta vigente para 2022: Artículos 9, 64, fracción IV, 72, fracción II, 74, séptimo párrafo, fracción II, 74-B, primer párrafo, 79, último párrafo, 88, segundo párrafo y 200.
  • Ley del Impuesto sobre la Renta para 2014: Noveno transitorio, fracción XV, XVI, XVII, XVIII y XIX.

Medio de presentación.

  •  Resolución Miscelánea Fiscal vigente: Reglas 2.8.3.1. y 2.8.3.3.

Medios de pago.

  • Código Fiscal de la Federación vigente para 2022: Artículo 20, séptimo párrafo.

fuente: https://www.sat.gob.mx/declaracion/58049/declaracion-anual-de-personas-morales-en-el-servicio-de-declaraciones-y-pagos

SAT
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