¿Estas listo para presentar tu declaración anual 2022 con los nuevos cambios en la plataforma?
¿Quiénes lo presentan?
Personas morales.
¿Cuándo se presenta?
En los meses de enero, febrero y marzo del año siguiente que declaras.
ISR diferido en consolidación fiscal.
25% en el ejercicio fiscal en el que se deba efectuar el pago del impuesto diferido.
25% en el segundo ejercicio fiscal.
20% en el tercer ejercicio fiscal.
15% en el cuarto ejercicio fiscal.
15% en el quinto ejercicio fiscal.
Consolidación.
Dentro de los 4 meses siguientes al cierre de su ejercicio.
Con fines no lucrativos.
A más tardar en el mes de febrero del año siguiente.
Fundamento Legal
Obligación de presentar tu declaración.
- Código Fiscal de la Federación vigente para 2022: Artículos 31 y 32.
- Reglamento del Código Fiscal de la Federación vigente para 2022: Artículo 41.
- Ley del Impuesto sobre la Renta vigente para 2022: Artículos 9, 67, primer párrafo, 70, fracción IV, 72, fracción II, 74, séptimo párrafo, fracción II, 74-B, primer párrafo, 76, fracción V, 79 último párrafo, 86 fracción III, 88, noveno párrafo y 196 primer párrafo.
Cálculo del impuesto.
- Ley del Impuesto sobre la Renta vigente para 2022: Artículos 9, 64, fracción IV, 72, fracción II, 74, séptimo párrafo, fracción II, 74-B, primer párrafo, 79, último párrafo, 88, segundo párrafo y 200.
- Ley del Impuesto sobre la Renta para 2014: Noveno transitorio, fracción XV, XVI, XVII, XVIII y XIX.
Medio de presentación.
- Resolución Miscelánea Fiscal vigente: Reglas 2.8.3.1. y 2.8.3.3.
Medios de pago.
- Código Fiscal de la Federación vigente para 2022: Artículo 20, séptimo párrafo.
